Figurar en un registro de morosos o simplemente escuchar esas palabras, en muchos casos, ponen sobre aviso y hacen que la persona que tiene una deuda con su acreedor sienta la presión y las dificultades que entraña aparecer en un fichero de estas características. Y precisamente por este motivo, por esa presión a que tu nombre figure en uno o varios de estos listados, el moroso, decide inmediatamente resolver ese impago. Salir de un registro de morosos sin realizar el pago de lo debido no es tarea fácil. Por su puesto que hay otros motivos por los que se podría lograr la baja de un fichero de morosidad, y en este post vamos a arrojar un poco más de luz hacia este aspecto donde detallaremos qué pasos hay que seguir para poder salir, cuando se pueda, de un registro de morosos y sobre todo también las claves para estar siempre alerta y evitar en la medida de lo posible estar relacionado con este tipo de ficheros. 

Aparecer en un registro de morosos implica que el nombre y la deuda generada del moroso aparezca y sea de dominio público. Esto significa que tanto particulares, como empresas, instituciones o incluso sucursales bancarias pueden acceder a conocer esta información, imposibilitando tener acceso a contratos, préstamos, créditos, etc.

Estos ficheros, como puede ser el de ICIRED, actúan de forma directa o son la herramienta perfecta para reclamar por vía extrajudicial esa deuda que un acreedor tiene contraída con su deudor, que es esa persona física o jurídica que no cumplió su obligación de pago en su debido momento y que se niega a abonar la cantidad acordada previamente. 

En el momento que se produce esta circunstancia, cada vez son más las empresas y particulares que recurren a este tipo de herramientas donde se registra el moroso si no responde por su deuda y sirve como método indirecto de presión para poder recuperar ese impago. Como hemos comentado, no es tarea fácil salir de este tipo de registro de morosos, pero existen algunas causas que podrían dar lugar a la cancelación de la publicación del impago. 

Requisitos para incluir en un registro de morosos

Debido a la situación socioeconómica que estamos atravesando en España y que se ha visto agravada en este pasado año 2020 por la crisis sanitaria por Covid-19, estos registros de morosos han visto su listado desbordado por la gran inclusión de personas físicas y jurídicas con problemas dinerarios e impagos asociados a terceros. 

Sin embargo hay que tener claro que para que una persona física entre como deudora en estos registros deben cumplirse unos requisitos clave.

  1. Siempre deben figurar deudas superiores a 50 euros, importes inferiores no están permitidos.
  2. La deuda debe ser cierta, vencida, exigible y por supuesto que esté impagada. 
  3. La deuda no debe estar en litigio en sede judicial, de arbitraje o administrativa en ese momento, esto es, si existe un procedimiento de esta clase que aún no ha concluido y en el que el reclamado alega no ser deudor o no existir la deuda, habrá que aguardar a que se dicte una resolución favorable al reclamante para poder acudir al fichero.
  4. Los datos de la deuda y el moroso deben ser proporcionados por su acreedor o por quien le represente y, por supuesto, con toda la documentación necesaria para acreditar la veracidad de la deuda. 
  5. El moroso debe quedar apercibido, en el contrato o al requerirle el pago, de que en el caso de impago se procederá con el uso de esta herramienta. 
  6. El plazo máximo para figurar en un registro de morosos es de hasta cinco años desde la fecha de vencimiento de esa obligación de pago. 

Si todos estos requisitos se cumplen, se puede proceder a iniciar los sencillos trámites de este proceso. 

En algunos casos puede ocurrir que la persona incluida en el fichero no esté de acuerdo por considerar que la deuda incluida no reúne los requisitos para poder ser publicada. En estos supuestos, el afectado podrá dirigirse tanto a la persona o empresa acreedora como al propio fichero, solicitando la supresión o la rectificación de los datos publicados. Ahora bien, ¿qué motivos pueden provocar la cancelación de una publicación en un fichero de morosidad sin haber pagado previamente la deuda?

Claves para salir de un registro de morosos

Vamos a centrarnos ahora en ver qué posibilidades tienen un deudor para salir de un registro de morosos y qué se puede hacer para poder dejar de figurar en esos listados que comprometen la vida de los deudores por precisamente no responder a tiempo de sus impagos.

  1. Pagar la deuda. La forma más sencilla, sin duda, es responder por esa deuda contraída con el acreedor y solicitar, una vez se haya efectuado el pago, que el nombre y todos los datos del moroso desaparezcan del listado, puesto que ya ha resuelto el impago. Esto es muy importante, precisamente y siguiendo la Ley Orgánica de Protección de Datos, estos datos deben quedar eliminados tras la solicitud de baja del titular del fichero. Por lo tanto se procedería a cancelar los datos incluidos en el fichero de morosos con carácter casi inmediato. 
  2. Si se decide oponerse a la deuda. Esto se produce cuando el moroso no está de acuerdo con la deuda que su acreedor le reclama y da inicio a un procedimiento judicial, de arbitraje o, en su caso, administrativo, o se opone en el marco de un procedimiento de reclamación ya iniciado por el reclamante. En este caso, como hemos visto, se deberá aguardar a que el procedimiento termine con un pronunciamiento favorable al acreedor, para poderse publicar la deuda en el fichero. 
  3. Si no existe la deuda o no se reúnen todos los requisitos. En algunos casos puede tratarse de un error o no existe la deuda denunciada o no se cumplen todos y cada uno de los requisitos que anteriormente hemos desglosado. En estos supuestos el presunto moroso puede solicitar su baja del fichero acreditando el error o la ausencia del requisito en cuestión, para poder salir del registro de morosos en un plazo máximo de 30 días.
  4. Si la inclusión en el fichero de morosos se revela, tras la oposición fundada del afectado, como incorrecta, porque se acredite que el reclamante ha incluido en el fichero datos falsos vulnerado con ello los derechos del reclamado de manera ilegítima, éste podrá dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos para denunciar los hechos o incluso a los juzgados y tribunales, para solicitar la reparación de los daños sufridos.

Teniendo ya a mano todas estas claves, queda claro que, siendo la deuda cierta, vencida y exigible, salir del fichero para el deudor se volverá tarea casi imposible si no se realiza el pago de lo debido. Si esto se produce y se ejecuta el pago de la deuda, el mismo afectado podrá dirigirse directamente al fichero acompañando el justificante de pago, para acelerar la baja de la publicación, sin perjuicio de que el acreedor que ha alcanzado el éxito del cobro de lo debido, también tendrá la obligación de informar al fichero de la resolución de la deuda publicada.

Aparecer en un fichero de morosos o solvencia patrimonial no es una práctica poco extendida, sino todo lo contrario y, con la aparición de ficheros como ICIRED, cada vez más común. Por eso hay que permanecer vigilantes y si no se ha respondido a tiempo ante una deuda por el motivo que sea, intentar cancelar esa deuda cuanto antes, ya que si nuestro nombre aparece en estos ficheros de morosos puede suponer un gran problema en la vida cotidiana, provocando consecuencias como por ejemplo no aprobarte algún seguro, cancelación de servicios de recursos básicos o problemas financieros con tarjetas de crédito. Ya hemos visto que salir de un fichero de morosos es posible, pero no es tarea fácil si no se paga la deuda, por lo tanto es mucho mejor evitarlo poniendo solución con el pago cuanto antes. 

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