Si sufres impagos y quieres saber cómo calcular intereses de demora, estás en el sitio correcto pues hoy quiero escribirte sobre este tema.

Cuando decidimos dar un salto al vacío y convertirnos en nuestros propios jefes, ya sea creando una empresa, o dándonos de alta en autónomos, son muchas las situaciones a las que nos vamos a tener que enfrentar y que no serán agradables para nosotros.

Esta claro que existen multitud de ventajas, como ser tu propio jefe, organizarte las horas, sobre todo hacerlo en función de tu vida privada (si tienes hijos, el poder ir a buscarlos al colegio, o estar con ellos si se ponen malos y si no los tienes poder disfrutar más de tu tiempo libre como te plazca), crear tu propio estilo de vida…

Sin embargo, no todo va a ser un camino de rosas y en la andadura de todo autónomo o empresario, nos encontraremos con personas que no quieren abonar los gastos que tiene adeudados contigo, y se convertirá en una lucha el poder conseguirlo, ya que, por desgracia, la ley no ampara mucho en este sentido a los pequeños empresarios.

Además del dinero adeudado, la deuda va creciendo, puesto que en muchas ocasiones nos vemos obligados a pagar el IVA y el IRPF de facturas que aún no hemos cobrado, convirtiendo la situación en un auténtico quebradero de cabeza, puesto que en muchos casos, no podremos ni siquiera asumir este pago.

En este post te vamos a dar las claves para conseguir, no solo que te paguen, si no que además abonen también los intereses de demora por el retraso en el pago de la deuda. Aprenderás también cómo calcular intereses de demora. Este post también te servirá si eres un particular que se encuentra con una situación de demora de pago en diferentes ámbitos como pueden ser alquiler, nómina, etc.

Tal y como hemos visto en el anterior post sobre intereses de demora en la ley contra la morosidad existen muchas dudas sobre en qué ocasiones se pueden, cómo calcular intereses de demora y cómo cobrarlos, en qué momento se tienen que empezar a calcular los intereses moratorios, qué cantidad es la que nos tienen que abonar una persona que no ha cumplido con su acuerdo, conocer cómo calcular intereses de demora, durante cuánto tiempo, y si da lo mismo el tipo de deuda de que se trate y que el deudor sea empresa o consumidor.

Una vez obtenidos todos estos datos y conocidas las respuestas que necesitamos saber cómo calcular intereses de demora y cómo proceder a la reclamación de los intereses moratorios, así como también cómo se calculan intereses de demora.

Aprende a conocer y cómo calcular intereses de demora

¿Qué son los intereses de demora?

Los intereses de demora cumplen el objetivo de evitar que el impago de una obligación monetaria incumplida por parte de una persona que se considera deudor afecte a la economía de la persona a la cual se le debe el dinero, es decir, el acreedor y así poder evitar la depreciación económica y que esta afecte a la deuda y al interés de demora. Este tipo de interés viene regulado en el artículo 1.100 del Código Civil.

También es muy importante tener en cuenta de qué tipo de contrato estamos hablando, es decir, si hablamos de contratos en los que intervienen particulares o si hablamos de contratos mercantiles.

Los intereses de demora se pueden considerar una penalización al impago de una deuda

4 conceptos clave para saber cómo calcular intereses de demora. Glosario.

Interés legal del dinero:

Tal y como indica Wikipedia, el interés legal del dinero es el porcentaje fijado de manera legal que nos permite calcular la cantidad de indemnización por falta de pagos que un deudor tiene que abonar al acreedor cuando este no ha cumplido un deuda pendiente. Podemos considerarlo un recargo por no haber cumplido con su deber de pagar a tiempo. Esta regulada por el Código Civil de España.

Porcentaje de demora:

Es el tanto por ciento que obtendremos una vez sepamos cómo calcular intereses de demora y lo hayamos aplicado. Se calcula en función de los días de retraso en el pago.

¿Cuál es el interés legal del dinero?:

El interés legal del dinero es un elemento clave para saber cómo calcular intereses de demora. Este interés viene ya aplicado por el Estado y en el año 2017, ascendía a un 3%.

¿Cuál es el interés de demora?:

El interés de demora del dinero es un elemento clave para saber cómo calcular intereses de demora. En el año 2017, este interés ascendía a un 3.75%, y al igual que el interés legal del dinero, viene marcado por el Estado.

Tipos de demora

Para saber cómo calcular intereses de demora primero de todo debemos tener clara qué tipo de demora es y a partir de qué momento podemos empezar a contar los días de retraso de esa mora. Estos datos nos permitirán saber cómo calcular intereses de demora. Veámoslas:

Existen dos tipos de demora, las particulares y las que se encuentran en un contrato mercantil

  1. Podemos hablar de dos tipos de demora: los que forman parte de un contrato  entre particulares o de un contrato mercantil.
  2. Cuándo se considera que ha empezado una demora: si hablamos de casos en los que intervienen particulares,  para poder conocer cómo calcular los intereses primero de todo debemos saber en qué momento se considera que la deuda ha comenzado tal y como señala el artículo 1.100 del Código Civil,  se considera el inicio de una mora en el momento en el que el acreedor reclama judicial o extrajudicialmente al deudor el cumplimiento el contrato pactado.  en el caso en el que me contrato exista una cláusula en la que se especifique que la reclamación judicial no es necesaria la Mora comienza en el momento en el que una de las partes incumple su acuerdo.
  3. En el caso  de que estemos hablando de contratos mercantiles la demora comienza automáticamente en el momento en el que se cumple, o por decirlo de otra manera, se termina el plazo pactado o establecido para abonar la deuda.  en este caso se tiene siempre en cuenta y a una de las partes haya completado lo acordado.  en este caso la muela viene recogida en la ley 3/ 2004 del 29 de diciembre.

Cómo calcular intereses de demora

Cómo calcular intereses de demora. Pasos

Cómo hemos comentado al principio, los intereses de demora son el porcentaje que se calcula cuando una factura no se ha abonado en el momento en el que debería haberse hecho.

El interés de demora, puede aparecer en el contrato firmado entre las partes, en ese caso, se aplicará la cantidad estipulada en el contrato. En el caso de que no aparezca una cláusula de este tipo: se aplicará el interés legal del dinero y el montante para cuotas de préstamos impagados.

Para calcular el interés, hay una fórmula esencial y fácil que nos puede ayudar a conocer la cantidad que se adeuda o se nos adeuda.

Interés de demora = (cantidad que se debe) x (tiempo de retraso en el pago de la factura dividido entre 365 días) x (Tipo de interés de demora – estipulado en el contrato, o en su defecto, el definido por el Gobierno).

Por último, si la deuda se rige por la Ley de Morosidad, se podrán solicitar al deudor todos los costes relacionados con los trámites que se llevan a cabo para que se pueda solicitar la deuda. Esto es: gastos procesales, asesoramiento legal, burofaxes, llamadas telefónicas…

Cómo calcular intereses de demora. Ejemplo

En el apartado anterior hemos visto la fórmula para saber cómo calcular intereses de demora. A continuación, vamos a mostrarte un ejemplo para que te sea mucho más fácil aplicarlo y calcularlo.

Trabajemos con un ejemplo:

Carlos es especialista en marketing y comunicación y tiene una deuda contraída con Javier, por la ejecución de un diseño de campaña de publicidad online (banners, gifs, covers, etc.). El montante de la deuda asciende a 2.300 euros, con fecha de factura a 30 de septiembre de 2017 y fecha de abono máximo 6 de octubre de 2017. En su acuerdo de prestación de servicios, no tenían acordado ningún tipo de interés moratorio. Ha pasado más de un mes y Carlos no ha efectuado el pago por lo que el día 9 de noviembre de 2018, Javier decide enviar un burofax, reclamando por escrito la deuda pendiente. El abono de la deuda sigue sin producirse, por lo que Javier decide interponer una demanda judicial que termina con sentencia el 9 de enero de 2018, acordando que Carlos debe abonar a Javier la cantidad adeudada más los intereses moratorios. Vamos a ver cómo calcular los intereses de demora.

¿Cómo calcular intereses de demora en este caso? Para calcular los intereses moratorios tenemos que tener en cuenta dos tipos de intereses: el interés moratorio y el interés procesal. Te contamos cuales son estos dos tipos de interés, en qué se diferencia y su ayuda para saber cómo calcular intereses de demora.

  1. Interés moratorio: el cálculo del interés moratorio de la deuda se hace desde el día que se presenta el burofax (en este caso el 9 de noviembre de 2017), hasta el día antes de que se dicte la sentencia (en este caso, 8 de enero de 2018). Al no haber pactado en su contrato un acuerdo de interés moratorio, se ejecutará el pactado por la ley para el año 2017. El interés legal del dinero en el año 2017 es del 3,75%, establecido en la Ley 03/2017 del 27 de junio de 2017.
  2. Interés procesal: será calculada desde la fecha de sentencia hasta el día que Carlos abone la deuda con Javier. Su cálculo se realiza en función del tipo legal del dinero más dos puntos, que en el año 2017 era el 3%, acorde a lo indicado en la Ley 03/2017, del 27 de junio de 2017. Por lo tanto, tendrá que abonar un interés procesal del 5% desde la fecha de sentencia hasta el abono de la deuda. El plazo de abono de la deuda es de un plazo de 5 años.

ICIRED te ayuda a saber cómo calcular intereses de demora

Como ya sabes, ICIRED es una empresa cuyo nacimiento tiene como objetivo el facilitar a los usuarios una información veraz sobre los cambios y actualizaciones de las transacciones mercantiles. A raiz de la gran cantidad de solicitudes que nos han llegado por parte de vosotros, sobre cómo calcular intereses de demora, hemos creado la plataforma online, con la que podrás saber si esas personas con las que vas a trabajar, cumplen los acuerdos que se establecen en la relación mercantil. Por ello, ponemos a disposición de todo el mundo un registro abierto a todos donde se puede comprobar si existen morosos.

A su vez, disponemos de un servicio de cobro a morosos,  tanto por un impago particular como por uno procedente de empresa. Te contamos cuales son:

  1. Impago de alquiler: los particulares pueden beneficiarse de nuestro sistema de prevención y recuperación de deudas, siempre que las mismas sean ciertas, vencidas, líquidas y exigibles. Estos requisitos son perfectamente predicables de los impagos de alquiler y, por tanto, quienes sufran la morosidad en los casos de arrendamiento cuando el inquilino no paga, puede contar con la ayuda de ICIRED.
  2. Impago de nóminas: desgraciadamente, uno de los ámbitos donde con más frecuencia ocurren situaciones de impagos, es en el de los trabajadores por cuenta ajena que, por supuesto, también tienen todo el derecho a reclamar y recuperar la deuda que se le debe.
  3. Impago de comunidades de propietarios: otro de las situaciones más reclamadas por los particulares son los impagos de comunidades de propietarios, donde la presencia de vecinos morosos ha experimentado un auge considerable durante los años de crisis.
  4. Otros impagos: en este caso estaríamos hablando de otros tipo de impagos como nóminas, cheques o pagarés, alquiler, ventas, etc.

En ICIRED estamos a tu disposición para que puedas conocer qué personas han incurrido en un impago, así como a solicitar la cantidad monetaria que se te adeuda y recuperar la deuda si no te han pagado una cantidad, ya sea como empresario o como particular. Si quieres saber más sobre nuestro servicio, o cualquier cuestión relativa al ámbito de los impagos, contacta con nosotros llamando gratis al 912 668 043, enviando tus dudas y cuestiones al correo info@iciredimpagados.com, o planteándolas en el chat habilitado en nuestra web. No olvides que puedes registrarte gratis y sin compromiso en nuestra web para consultar directamente nuestros servicios y metodología.