Fecha de entrada en vigor: 31/01/2023 | Versiones archivadas | Imprimir

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN DE PRODUCTOS Y SERVICIOS DE ICIRED

Las presentes Condiciones Generales (en adelante, CCGG), rigen el uso del software de ICIRED así como los servicios y productos contratados, en todo lo que no se haya expresa y específicamente pactado en un eventual contrato por separado.

 

 1.- EXPOSICIÓN

La Empresa «Inversiones Colectivas en Red S.L.» (en adelante, ICIRED) es un sistema de información crediticia (en adelante SIC) sobre incidencias de pago así como de impagos relativos a empresas y empresarios individuales, con sujeción a la normativa vigente, y respecto a datos aportados por los propios acreedores.

Gracias a los datos aportados por los usuarios del sistema ICIRED, los mismos pueden acceder a una información de valor para enjuiciar la solvencia de aquellos sujetos respecto de los tengan interés en llevar a cabo alguna operación mercantil o financiera.

Los servicios prestados por ICIRED están sometidos  entre otros preceptos a lo establecido en la Ley 7/1998, de 13 de abril sobre Condiciones Generales de la Contratación, al Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la defensa de los Consumidores y Usuarios, al Real Decreto 1906/1999, de 17 de diciembre de 1999, por el que se regula la Contratación Telefónica o Electrónica, al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46 CE (RGPD), la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales  (LOPDGDD) y a la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

 

2.- OBJETO y DEFINICIONES

2.1.- Objeto de las presentes Condiciones Generales

El objeto de las presentes Condiciones Generales, junto a su Anexo I donde se recogen las normas de funcionamiento del fichero ICIRED, es delimitar las obligaciones y responsabilidades de las partes en la aportación de datos y acceso a los mismos que ICIRED ofrece a sus clientes.

2.2.- Definiciones

2.2.1. Sistemas de información crediticia (SIC): Sistemas que se recogen datos sobre operaciones comerciales o financieras pendientes de cobro, tanto de personas físicas como jurídicas, aportados por sus acreedores o quienes actúen en su nombre.

2.2.2. Sistema ICIRED: SIC que contiene información relativa a incidencias de pago e impagos tanto de personas jurídicas como de empresarios individuales. Dicha información es aportada por el propio acreedor y titular de la incidencia o impago o por quien actúe por cuenta o interés del mismo.

2.2.3. Inversiones Colectivas en Red, S.L.: Persona jurídica titular del SIC ICIRED.

2.2.4. Persona jurídica: Organización o agrupación de personas físicas a la que la ley reconoce personalidad independiente y diferenciada de la de cada uno de sus miembros o componentes (corporaciones, asociaciones y fundaciones de interés público reconocidas por la ley, así como asociaciones de interés particular, ya sean civiles, mercantiles o industriales).

2.2.5. Persona física: El concepto de persona física comprende a los particulares, autónomos y empresarios individuales.

2.2.6. Cliente o usuario: A efectos de estas Condiciones Generales, será la empresa acreedora y titular de la deuda o autorizada por la misma para actuar en su nombre, que aporta información al SIC ICIRED relativa a las incidencias de pago o impagos sobre las que exista prueba documental de la obligación incumplida.

El cliente será responsable de la finalidad, contenido y uso del tratamiento de la información aportada a ICIRED, comprometiéndose a que la misma sea veraz, exacta y actual.

Asimismo, también recibirá la consideración de cliente cualquier persona que solicite consultar la información publicada en virtud del interés legítimo del que goza para acceder a la misma.

2.2.7. Expediente: Conjunto de datos y documentos aportados por el cliente o a disposición de ICIRED que constituyen la información y prueba de la obligación de pago que ha sufrido un retraso en su cumplimiento o que ha quedado incumplida, y permiten su publicación en el SIC ICIRED.

2.2.8. Publicación: Es el espacio virtual cedido por ICIRED al cliente para publicar sus expedientes en el sistema.

2.2.9. Consulta: Es la acción de acceder a la información del SIC ICIRED por un usuario con interés legítimo en conocer datos de solvencia de una persona.

Estas solicitudes serán gestionadas por ICIRED conforme a procedimientos normalizados de modo que sólo los clientes que suscriban las presentes CCGG (o el contrato específico con ICIRED en que se haga expresa remisión a estas CCGG) y cumplan las normas de funcionamiento que se detallan en el mismo podrán consultar el fichero ICIRED.

2.2.10. Contrato específico: Contrato concertado entre ICIRED y un cliente para la prestación al mismo de los productos y servicios de ICIRED que en el mismo contrato se establezcan y conforme a las condiciones que incluya, y que contendrá una remisión expresa a estas CCGG para todo aquello que no esté expresamente previsto en él.

2.2.11. Interesado o afectado: Es la persona titular de los datos que son facilitados por el cliente a ICIRED para su publicación en el SIC ICIRED, amparándose en la existencia de una incidencia de pago o de un impago.

2.2.12. Normas de funcionamiento de ICIRED: Se trata de las reglas de obligado cumplimiento para la participación como usuario del SIC ICIRED, recogidas en el Anexo 1 de las presentes condiciones generales.

2.2.13. Idioma: Las presentes CCGG, así como los contratos en los que exista remisión a estas CCGG y cualquier anexo, adenda, renovación o modificación, se redactarán en idioma castellano, salvo acuerdo expreso de las partes.

2.2.14. Incidencia de pago: Operación de crédito pendiente de pago, de antigüedad inferior a 90 días.

2.2.15. Impago: Operación de crédito pendiente de pago, de antigüedad igual o superior a 90 días.

 

 3.- PROCEDIMIENTO DE INGRESO EN LA PLATAFORMA ICIRED

Para que el cliente pueda acceder a los servicios que ICIRED ofrece a sus usuarios, deberá contar con una cuenta de cliente en la plataforma ICIRED, así como uno o varios usuarios para acceder a la misma.

El cliente será enteramente responsable de mantener el secreto de las credenciales de acceso a su cuenta, así como de todas las actividades que se produzcan dentro o en el uso de la misma, y se obliga a notificar inmediatamente a ICIRED cualquier vulneración de la seguridad de su cuenta. ICIRED no responderá de ninguna pérdida derivada del uso no autorizado de su cuenta.

EL CLIENTE se obliga a: (i) proporcionar información correcta y completa para la creación de los usuarios para el acceso a su cuenta, y a (ii) actualizar los datos de identificación de su cuenta de cliente para garantizar que la información sea correcta y esté completa en todo momento. Asimismo, el cliente acepta que ICIRED pueda almacenar y usar sus datos para llevar a cabo el mantenimiento de su cuenta y facturar las cantidades correspondientes.

Para la creación de la cuenta de cliente, se habrá necesariamente de seguir uno de los siguientes procedimientos:

ICIRED:

Se concertará con el cliente el correspondiente contrato específico en el que se expresará el producto o servicio que desee contratar y las condiciones para su prestación, con expresa remisión, para todo lo que no esté pactado en dicho contrato, a las presentes CCGG.

Una vez suscrito el contrato específico, ICIRED creará la correspondiente cuenta de cliente en su plataforma y recabará del cliente los datos de identificación necesarios para generarle tantos usuarios como necesite para acceder a su cuenta.

Hecho eso, ICIRED introducirá en la cuenta de cliente los datos del producto o servicio adquirido por el mismo y se lo comunicará para que pueda empezar a hacer uso de su cuenta conforme al producto o servicio contratado.

eICIRED:

El cliente accederá a la web de ICIRED y rellenará el formulario de registro, leyendo y aceptando de forma expresa las presentes CCGG y su Anexo I, haciendo clic en la casilla de «Registrarme».

Como usuario registrado del servicio, dispondrá de una cuenta de cliente a la que podrá acceder mediante los datos de usuario y contraseña ingresados al hacer el registro. Desde dicha cuenta podrá: (i) acceder a los datos personales que haya proporcionado a ICIRED, (ii) acceder a los datos de los expedientes incluidos, y (iii) realizar nuevas inclusiones.

El cliente podrá encontrar la información de legalidad sobre el tratamiento de los datos personales recogidos en el formulario de registro, en nuestra Política de Privacidad.

 

4.- VALIDEZ DE LAS CCGG

La utilización de los servicios ofrecidos por ICIRED por parte del cliente implican la capacidad de celebrar contratos y/o realizar operaciones por medios electrónicos. El cliente reconoce que, en el caso de registrarse directamente en la web, el envío por su parte de información por medios electrónicos constituye su aceptación y voluntad de obligarse y de abonar las cantidades correspondientes. Su aceptación y voluntad de obligarse, en virtud de la información remitida electrónicamente, se aplicará a todos los documentos relativos a todas las operaciones que el CLIENTE realice en la web.

Estas CCGG quedarán válidamente aceptadas desde el mismo momento en que, para el caso de eIcired, el cliente haya rellenado el formulario de registro manifestando su conformidad con las presentes CCGG haciendo clic en la casilla de «Registrarme» o, en otro caso, desde el momento en el que el cliente firme el contrato específico con ICIRED en el que se contenga remisión expresa a estas CCGG.

De los actos en el uso de la plataforma realizados por la/s persona/s física/s designada/s como usuario/s por el cliente-persona jurídica para el acceso a la cuenta de cliente en la plataforma, responderá la persona jurídica siempre y en todo momento, independientemente del régimen de autorización o apoderamientos que pueda existir entre ambos.

 

5.- SERVICIOS

ICIRED es una empresa dedicada a la prestación de servicios de información sobre incidencias de pago así como de impagos, siendo sus clientes los acreedores o quienes actúen en su nombre e interés.

Los servicios de ICIRED serán los descritos en cada momento en su web, así como los expresamente pactados en el contrato específico que, en su caso, se suscriba con el cliente.

 

6.-PRECIO Y FACTURACIÓN

Se facturará de acuerdo con las tarifas correspondientes al servicio contratado, que se encontrarán indicadas para cada producto o servicio en la web de ICIRED, así como, en su caso, en el contrato específico a suscribir por el cliente.

El precio total que el cliente abonará incluye el precio de los servicios contratados según las tarifas proporcionadas en la propia web o en el contrato específico, más el IVA correspondiente (al tipo que se encuentre vigente en la fecha de la contratación). ICIRED se reserva el derecho a modificar el precio de cualquiera de sus servicios siempre y en cualquier momento, siendo de aplicación dicha modificación para las partes desde que sea incorporada a la mencionada web o comunicada y aceptada por el cliente que suscribiera un contrato específico.

ICIRED remitirá al cliente, mediante correo electrónico, la correspondiente factura una vez que se haya abonado el servicio contratado, o seguirá, en su caso, el trámite de facturación previsto en el contrato específico.

 

7.- DURACIÓN Y RESOLUCIÓN ANTICIPADA

Las presentes CCGG tendrán una duración indefinida, a contar desde el momento en que el cliente las acepte de forma expresa según las cláusulas 3 y 4, sin perjuicio del plazo de vigencia del contrato específico en su caso suscrito.

El cliente podrá solicitar la eliminación de su cuenta de cliente, poniéndolo de manifiesto por escrito a ICIRED por medio de correo electrónico en su dirección de contacto, una vez satisfechas las obligaciones de pago en que pudiera haber incurrido hasta ese momento y a salvo de otras consideraciones que pudieran haberse pactado en contrato específico.

ICIRED, a su elección exclusiva, sin conceder preaviso alguno al cliente, y siempre que éste incumpla cualquiera de las obligaciones previstas en las presentes CCGG o en el contrato específico, o que existan motivos fundados de que tal incumplimiento ha tenido lugar, podrá:(i) Cancelar la cuenta de cliente, (ii) cancelar la licencia del software, (iii) impedir el acceso al servicio (o a cualquier parte del mismo).

Será causa de resolución anticipada de los servicios contratados en virtud de las presentes CCGG o contrato específico cuando, sea cual fuere la causa, ICIRED no pueda continuar prestando el servicio debido a decisión administrativa o judicial derivada de órganos competentes, aunque no sea voluntad de ICIRED llevar a cabo esta terminación.

 

8.- RESPONSABILIDAD

En caso de que el cliente incumpla las presentes CCGG será responsable frente a ICIRED, sus consejeros, directivos, empleados, filiales, agentes, contratistas y licenciantes con respecto a cualesquiera reclamaciones derivadas de dicho incumplimiento. Asimismo, el cliente será responsable de cualquier medida adoptada por ICIRED en el marco de la investigación de un posible incumplimiento de las presentes CCGG o como consecuencia de la determinación o conclusión, por parte de ICIRED, de que se ha producido un incumplimiento de las mismas.

La responsabilidad de ICIRED respecto de los daños causados mediando negligencia grave, así como la indemnización de daños y perjuicios y abono de intereses en caso de falta de cumplimiento, no excederá en ningún caso, por pacto expreso de las partes, de la totalidad de las cantidades pagadas por el cliente a ICIRED como contraprestación al servicio contratado que de forma concreta hubiera originado tales daños. Las partes excluyen expresamente el lucro cesante cuando deban indemnizarse por los daños y perjuicios derivados de dichos incumplimientos.

La contraseña del cliente para el acceso a su cuenta de cliente en la web de ICIRED tendrá carácter personal e intransferible. El uso, almacenamiento, cesión y confidencialidad de estas claves es, en todo momento, responsabilidad del cliente.

El cliente no podrá oponer el pago a ICIRED de los consumos realizados por el personal a su cargo o por cualquier tercero que haya tenido acceso a las claves, aunque dicho consumo se haya producido al margen de sus directrices o por la falta de control o la debida diligencia de su custodia o fallos en las medidas de seguridad de sus sistemas o cualquier otra causa ajena a ICIRED.

El cliente se obliga a utilizar el servicio de forma diligente, de acuerdo con el uso pactado en estas CCGG y/o en el contrato específico, y a abstenerse de utilizarlo en cualquier forma que pueda impedir, dañar o deteriorar el normal funcionamiento y uso del mismo por parte de otros usuarios. El cliente responderá de los daños y perjuicios que ICIRED pueda sufrir directa o indirectamente como consecuencia del incumplimiento de esta obligación.

ICIRED se reserva el derecho a rehusar la prestación de servicios al cliente por motivos comerciales de usos y políticas de interés empresarial, y por tanto también al cobro de los precios establecidos en cada momento como contraprestación a los mismos.

ICIRED advierte de la posible utilización de mecanismos de autenticación de datos que permiten comprobar de forma segura la identidad del usuario con el fin de evitar suplantaciones y accesos no autorizados. Todos los datos de carácter personal proporcionados por los clientes de forma fraudulenta o falsa podrán ser considerados como delito de falsedad de documentos mercantiles. ICIRED se reserva el derecho de poner en conocimiento de las Autoridades y Cuerpos de Seguridad del Estado intentos fraudulentos de suplantación de identidad en la contratación de sus servicios.

ICIRED no será responsable de los daños y perjuicios que cualquier persona sufra como consecuencia de las decisiones que se adopten según la información facilitada en la prestación del servicio de consulta del SIC, dado que la información proveniente del mismo tiene un carácter meramente orientativo y deberá valorarse como un factor más en la toma de decisiones en el ámbito financiero y comercial.

El cliente utilizará el servicio de ICIRED únicamente para su uso propio y, por consiguiente, tratará la información que obtenga como estrictamente confidencial y no la divulgará, en todo o en parte, a terceras personas, obligación que subsistirá aun después de haber finalizado la relación contractual.

El cliente será responsable de todas aquellas reclamaciones que trajeren causa de la publicación por su parte de informaciones obtenidas de ICIRED.

El cliente exonera de forma expresa a ICIRED de cualquier responsabilidad sobre cuantas incidencias que, por cualquier causa o motivo de toda índole, se produjeran o pudieran producirse en la relación entre el cliente y el interesado que, en cualquier caso, deberán solventarse entre ambos exclusivamente.

El cliente correrá con todos los gastos (incluyendo los gastos procesales y honorarios de abogados) e indemnizará a los posibles afectados por los daños y perjuicios causados por publicaciones en el SIC, que se deriven de reclamaciones judiciales o extrajudiciales, como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones legales y/o contractuales, así como los derivados de procedimientos sancionadores incoados por la Agencia Española de Protección de Datos.

9.- MODIFICACIONES

ICIRED se reserva el derecho a modificar las presentes CCGG y a establecer nuevos términos o condiciones en relación con la utilización de los servicios por parte del cliente. Tales modificaciones, términos y condiciones adicionales deberán ser comunicados oportunamente al cliente y, de ser aceptados, surtirán efectos inmediatos. Si el cliente no acepta tales modificaciones, para lo que deberá ponerlo de manifiesto por escrito a ICIRED en el plazo de 10 días naturales a contar desde la fecha de su recepción, ICIRED tendrá derecho a resolver la relación contractual que mantenga con aquél, así como a cancelar su cuenta de cliente.

 

10.-PROPIEDAD INTELECTUAL

El titular de la propiedad intelectual del SIC ICIRED es «Inversiones Colectivas en Red, S.L.». Asimismo, «Inversiones Colectivas en Red, S.L.» es propietaria del diseño y procedimientos utilizados en las herramientas de acceso a su plataforma, así como del diseño de registros informáticos y formatos habilitados para el intercambio de los datos entre los clientes e «Inversiones Colectivas en Red, S.L.», para la aportación de información al SIC ICIRED, así como su posterior tratamiento. «Inversiones Colectivas en Red, S.L.» se reserva también el derecho sui generis que ostenta sobre el SIC ICIRED.

El cliente otorga a ICIRED una licencia de los derechos de reproducción, de comunicación pública y de transformación de sus diseños, logos y materiales, con carácter no exclusivo, para un territorio ilimitado y por el tiempo de vigencia del presente Contrato, con el único fin de que ICIRED pueda incluir dichos logos, diseños y material en presentaciones comerciales y campañas publicitarias.

 

 

Dado que INVERSIONES COLECTIVAS EN RED, S.L. tendrá acceso a determinada información que pueda incluir datos personales, facilitada por el cliente, para la prestación de los servicios de información y en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales  (LOPDGDD) y como encargada de tratamiento de tales datos personales, se obliga a:

El Encargado del tratamiento pondrá a disposición del Responsable del tratamiento toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para permitir y contribuir al análisis del cumplimiento, incluidas inspecciones, por parte del Responsable del tratamiento o de otro auditor autorizado por el Responsable.

El Encargado del tratamiento designará un Delegado de Protección de Datos, si procede, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 del Reglamento General de Protección de Datos, y comunicará su identidad y datos de contacto al Responsable del tratamiento.

El Encargado de tratamiento debe llevar por escrito, un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del Responsable.

Utilizar los datos personales a los que tenga acceso sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios.

Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones del Responsable de Tratamiento.

Si el Encargado de Tratamiento considera que alguna de las instrucciones infringe el RGPD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos, informará inmediatamente al Responsable de Tratamiento.

No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del Responsable del Tratamiento, en los supuestos legalmente admisibles.

Mantener el deber de secreto respecto a los datos de carácter personal a los que haya tenido acceso en virtud del presente encargo, incluso después de que finalice el contrato.

Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que hay que informarles convenientemente, y mantener a disposición del Responsable del Tratamiento la documentación acreditativa del cumplimiento de esta obligación.

Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.

El Encargado del Tratamiento notificará al Responsable del Tratamiento, sin dilación indebida y a través de la dirección de correo electrónico que le indique el Responsable del Tratamiento, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia. Se facilitará, como mínimo, la información siguiente:

– Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados.

– Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.

– Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.

Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida.

El Encargado del Tratamiento Implantará las medidas que le comunique el Responsable del Tratamiento respecto a la seguridad del tratamiento, de acuerdo con la evaluación de riesgos realizada, en cumplimiento del RGPD.

El Encargado del Tratamiento auxiliará al Responsable del Tratamiento a implantar las medidas de seguridad necesarias para:

– Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.

– Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.

– Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento.

– Seudonimizar y cifrar los datos personales, si procede.

El Encargado del Tratamiento no conservará datos de carácter personal relativos a los tratamientos del Responsable del Tratamiento salvo que sea estrictamente necesario para la prestación del servicio, y sólo durante el tiempo estrictamente necesario para su prestación. Una vez cumplida la prestación de los servicios del Contrato y a elección del Responsable, el Encargado suprimirá o devolverá (y suprimirá igualmente) al Responsable en un formato legible todos los Datos Personales suprimiendo las copias existentes a menos que se requiera la conservación según la normativa aplicable de protección de datos.

En todo caso INVERSIONES COLECTIVAS EN RED, S.L. cumplirá con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos de carácter Personal y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

 

12.- PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE OUTSOURCING

El cliente autoriza a ICIRED a llevar a cabo el tratamiento de aquellos de sus ficheros que contengan datos personales, fuera de sus locales, equipos y sistemas, tanto del cliente como de ICIRED, así como autoriza la salida de los soportes que contengan datos de carácter personal fuera de los locales del cliente o ICIRED, cuando sea necesario para la ejecución del presente Contrato, garantizando la implantación de las debidas medidas de seguridad que correspondan.

El cliente autoriza a ICIRED, para que ésta, en su caso, pueda subcontratar, total o parcialmente, a terceros para la prestación de los servicios objeto de las presentes CCGG, siempre que la citada subcontratación se formalice mediante contrato escrito entre ICIRED y la empresa subcontratada, en el cual se recojan las obligaciones y responsabilidades de las partes y el contenido íntegro establecido en el artículo 28 del Reglamento General de Protección de Datos, con expresa mención de las medidas de seguridad que las partes pacten.

ICIRED se obliga a informar al cliente cuando recurra a otro Encargado para llevar a cabo determinadas actividades por su cuenta así como de los cambios de Encargado, que en su caso efectúe, pudiendo el cliente oponerse a la designación o cambio realizado.

Salvo que la subcontratación referida implique el acceso a datos para la prestación del servicio pactado, ICIRED garantiza que no comunicará los datos contenidos en el sistema de su responsabilidad, ni siquiera para su conservación.

 

13.- TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DE CONTACTO DE LAS PARTES

ICIRED podrá utilizar e incorporar en su base de datos los de las personas registradas en la plataforma así como los firmantes del contrato específico y los de los usuarios y otras personas de contacto que se faciliten en el marco de la relación negocial, con la finalidad de mantener la relación contractual, solicitar u ofertar nuevos servicios y envío de comunicaciones comerciales, incluidas las que se realicen por correo electrónico, siempre que dichos tratamientos hayan sido expresamente autorizados. Los ejercicios de derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación de tratamiento podrán ejercitarse por cualquiera de los medios establecidos en el apartado Notificaciones.

Los datos de los interesados serán conservados durante todo el plazo de duración de la relación contractual entre ICIRED y el CLIENTE y, una vez terminada la misma, durante el plazo que determine la legislación aplicable en cada momento. Estos datos personales no serán objeto de transferencia a un tercer país u organización internacional ni serán comunicados a terceros, salvo que sea necesario para cumplir con una obligación legal.

Si los interesados consideran que no se han tratado sus datos personales de acuerdo con la normativa de protección de datos, entre otras cuestiones, pueden contactar con el Delegado de Protección de Datos mediante la dirección de correo electrónico dpo@iciredcs.com. Adicionalmente, pueden obtener más información sobre sus derechos dirigiéndose a la Agencia Española de Protección de Datos, ante la cual pueden presentar una reclamación en el caso de considerar que no se han respetado sus derechos, situada en la calle Jorge Juan, 6, 28001, Madrid.

 

14.- CESIÓN

ICIRED podrá ceder los derechos y obligaciones previstos en estas Condiciones a cualquiera de las entidades pertenecientes a su Grupo, entendiéndose por este término el previsto en el artículo 4 de la Ley de Mercado de Valores.

 

15.- NOTIFICACIONES

En el supuesto de que, como consecuencia de la perfección y/o desarrollo de las presentes Condiciones Generales, sea preciso la notificación de cualesquiera circunstancias entre las partes, éstas acuerdan que dichas notificaciones se realizarán mediante envío de correo electrónico, debiendo acusar la otra parte recibo de la notificación que se efectúe en el plazo de 24 horas desde la recepción de la misma.

 

Por parte del CLIENTE:

Todas aquéllas incluidas voluntariamente mediante el procedimiento de Registro o indicadas en el contrato específico.

 

Por parte de ICIRED:

INVERSIONES COLECTIVAS EN RED, S.L., correo electrónico: lopd@iciredcs.com

Si el CLIENTE cambiase de dirección electrónica o de número de teléfono móvil durante la vigencia del presente contrato, vendrá obligado a comunicar a ICIRED las nuevas direcciones y/o número de teléfono móvil, asumiendo el CLIENTE, en caso de incumplir, cualesquiera consecuencias jurídicas derivadas de este incumplimiento.

 

16.- SEGURIDAD DEL FICHERO ICIRED Y CONFIDENCIALIDAD

La información contenida en el fichero ICIRED es estrictamente confidencial, únicamente se facilitará a los usuarios que acepten las presentes Condiciones Generales y cumplan las normas de funcionamiento del mismo, la información de crédito aportada por otros usuarios, estando protegidos y no siendo divulgados los datos ajenos a dicha información que se desprendan de la documentación aportada, cumpliendo ICIRED con estrictas medidas de seguridad.

Tendrá la consideración de información confidencial toda aquélla susceptible de ser revelada por palabra, por escrito o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en un futuro, ya sea intercambiada como consecuencia de esta relación contractual o que una parte señale o designe como confidencial a la otra.

No obstante, a los efectos de esta Estipulación, no se considerarán en modo alguno confidenciales, las promociones de servicios, los diseños, documentos o cualquier otra información que se comunique en Internet en cumplimiento del objeto contractual y cuya recepción haya sido expresamente consentida por el CLIENTE.

Para preservar la confidencialidad de los datos y poder depurar responsabilidades en caso de mal uso de los mismos, en cada consulta que se realice quedará reflejada la fecha y entidad que accede, junto con el código de usuario.

 

17.- CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES

En caso de que el CLIENTE incumpliera las obligaciones asumidas con la aceptación de estas Condiciones Generales, ICIRED de forma unilateral podrá impedirle el acceso a su sistema, cancelando simultáneamente toda la información que aquélla hubiera aportado al mismo.

 

18.- BAJA DE LOS CLIENTES

En el caso de que el CLIENTE cause baja en la plataforma de ICIRED, por cualquier motivo, se procederá a suprimir la información aportada por el mismo.

La supresión implica el bloqueo de los datos con el fin de impedir su tratamiento excepto para su puesta a disposición de las Administraciones Públicas y Jueces y Tribunales para la atención de posibles responsabilidades nacidas del tratamiento y sólo durante el plazo de prescripción de dichas responsabilidades (transcurrido dicho plazo deberá procederse a la supresión de los mismos). Por lo tanto, los datos se mantendrán, en estos casos, debidamente bloqueados, sin que ninguna persona pueda tener acceso a ellos, al menos, durante el plazo de prescripción de las infracciones en materia de protección de datos y/o derecho al honor.

 

19.- REFERENCIA A CONDICIONES GENERALES

Todas las Estipulaciones precedentes, al margen de las condiciones pactadas en el contrato específico en su caso, deben ser consideradas como CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN, a los efectos señalados en la Ley 7/ 1998, de 13 de abril, las cuales se incorporan al mismo por cuanto son expresamente aceptadas por el CLIENTE, en su condición de adherente, habiendo sido previamente informado de su existencia por parte de ICIRED en su condición de predisponente.

 

20.- JURISDICCIÓN

Para la resolución de cualquier controversia judicial derivada de la interpretación y/o cumplimiento de las presentes Condiciones Generales, las partes, con renuncia a cualquier otro fuero general o especial que pudiera corresponderles, se someten a los Juzgados y Tribunales de Granada capital, sin perjuicio del fuero que pudiera corresponderle al CLIENTE de poder ser considerado como consumidor a los efectos de las presentes Condiciones Generales.

 

 

ANEXO I

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

​​CONTENIDO 

​ [Índice]

  1. INTRODUCCIÓN 

Este documento describe las normas de funcionamiento de ICIRED CS y contiene la información necesaria para describir el proceso de alta y actualización de la información aportada.

ICIRED Credit Services es un sistema de información de crédito que recoge la evolución de las incidencias de pago y los impagos de las empresas y de los profesionales y empresarios individuales aportados por los clientes de ICIRED. Esta información se pone a disposición de los clientes de ICIRED para ayudarles en la toma de decisiones y en la gestión del riesgo.

 

  1. APORTACIÓN Y CONSULTA

2.1 Información relativa a empresas

  • Solamente podrá aportarse, y se mantendrá publicada, información que tenga una antigüedad máxima de diez (10) años a contar desde el vencimiento de la obligación o del plazo concreto si aquélla fuera de vencimiento periódico y, sobre cada operación, se mantendrá la evolución histórica del comportamiento de pago de las últimas 120 actualizaciones mensuales.
  • No se admitirán incidencias de pago o impagos en los que la suma del total pendiente de la operación sea inferior a cincuenta (50) euros.
  • Podrán consultar la información contenida en ICIRED sobre empresas los usuarios que ostenten interés legítimo.

2.2 Información relativa a profesionales y empresarios individuales

  • Para poder incorporar al sistema datos de solvencia sobre profesionales y empresarios individuales es necesario que las incidencias de pago o impagos incluidos se hayan generado en el ámbito de la esfera profesional o empresarial de aquéllos.
  • La información se mantendrá durante un plazo máximo de cinco (5) años a contar desde el vencimiento de la obligación o del plazo concreto si aquélla fuera de vencimiento periódico, y, sobre cada operación se mantendrá la evolución histórica del comportamiento de pago de las últimas 60 actualizaciones mensuales.
  • No se admitirán incidencias de pago o impagos en los que la suma del total pendiente de la operación sea inferior a cincuenta (50) euros.
  • Podrán consultar la información contenida en ICIRED sobre profesionales y empresarios individuales los usuarios que ostenten interés legítimo. A tal efecto, se entenderá que concurre interés legítimo cuando el usuario se encuentre en alguno de los siguientes supuestos:
  1. Cuando el consultado mantenga con el usuario algún tipo de relación contractual que implique el abono de una cuantía pecuniaria y que aún no se encuentre vencida.
  2. Cuando el consultado pretenda celebrar con el usuario un contrato que implique un pago aplazado del precio.
  3. Cuando el consultado pretenda contratar con el usuario la prestación de un servicio de facturación periódica.
  4. Cuando el consultado hubiera solicitado al usuario la celebración de un contrato que suponga financiación.

 

  • En los supuestos b), c) y d), si el usuario denegase la solicitud de celebración del contrato, o éste no llegare a celebrarse, como consecuencia de la consulta efectuada, el usuario estará obligado a informar al consultado del resultado de dicha consulta.

2.3 Requisitos comunes

– El cliente ha de ser acreedor y titular de la deuda, o representante autorizado para actuar en nombre del acreedor.

– La deuda debe ser dineraria, cierta, vencida, exigible y estar pendiente de pago.

– El cliente tendrá a disposición de ICIRED la documentación que acredite la existencia de la obligación incumplida.

– Para la inclusión en ICIRED, el deudor habrá de haber sido previamente advertido, en el contrato o en el necesario requerimiento previo, de que, en caso de incurrir en retrasos en el cumplimiento de sus obligaciones dinerarias o no llevar a cabo el abono de lo ya debido, los datos relativos a la deuda podrán ser comunicados al SIC ICIRED.

– EL cliente deberá aportar correctamente los datos de contacto necesarios para el envío de SMS/email certificado al deudor, que fueran facilitados por éste al cliente a efectos de comunicaciones.

– Cuando el deudor solicite directamente al cliente que ha aportado sus datos a ICIRED la supresión y/o la rectificación de la operación incluida, será el cliente, en caso de estimar la solicitud, el responsable de promover sin dilación la rectificación o supresión en ICIRED que correspondiese.

– El usuario no podrá transferir, traspasar, arrendar, vender, comunicar, o de cualquier otra forma ceder la información consultada, ya sea de forma parcial o total, gratuita u onerosa, siendo el CLIENTE el único responsable de las consecuencias que se puedan derivar de tales acciones. Queda expresamente prohibido al usuario alterar, transformar o de cualquier otra forma modificar total o parcialmente, la información obtenida.  Queda expresamente prohibida para el usuario la copia y/o duplicación total o parcial de la Base de Datos, haciendo extensiva esta prohibición a la copia de la misma una vez modificada y/o fusionada.

2.4 Operativa

2.4.1 Requerimiento previo.

El cliente, con anterioridad a la inclusión de los datos de la deuda en ICIRED, deberá haber remitido al deudor un requerimiento previo para el cumplimiento de su obligación de pago, por algún medio que permita dejar constancia de la recepción del envío, que incluya la advertencia de inclusión en el SIC ICIRED para el caso de mantenerse en el incumplimiento, cuando dicha advertencia no se hubiera introducido en el contrato correspondiente.

En caso de que se hubiera encargado expresamente por el cliente a ICIRED, en contrato específico, el cumplimiento en su nombre de este requisito del envío del requerimiento previo al interesado, ICIRED llevará a cabo esta acción, por cuenta del cliente, con anterioridad a la inclusión de los datos en el sistema, haciendo uso del medio que en dicho contrato específico se haya pactado y que reunirá, en todo caso, los requisitos de fehaciencia y acreditación de la recepción, rechazo o devolución por otros motivos, del envío.

2.4.2 Inclusión de la deuda en ICIRED.

ICIRED tramitará las solicitudes de inclusión de incidencias de pago e impagos en el sistema en un plazo no superior a dos (2) días hábiles desde la aportación de la información de la deuda.

Una vez incluidos los datos de la deuda, ICIRED notificará al interesado la inclusión de sus datos en el sistema, informándole, en el caso de profesionales y empresarios individuales, de que durante el plazo de 30 días dichos datos permanecerán bloqueados.

ICIRED efectuará una notificación por cada deuda concreta y determinada con independencia de que ésta se tenga con el mismo o con distintos acreedores.

En congruencia con la normativa aplicable, ICIRED realizará la notificación mediante un medio fiable, auditable e independiente de la entidad notificante, que le permita acreditar la recepción, rechazo o devolución por otros motivos, del envío.

Si el destinatario rehúsa recibir el envío o éste viene devuelto por otros motivos, habiéndose confirmado por el cliente mediante la aceptación de este documento que el dato de contacto usado está actualizado o fue el aportado por el interesado a efectos de comunicaciones, dicha no recepción no impedirá que ICIRED proceda al tratamiento de los datos del interesado.

2.4.3 Derechos ARSOLP.

Denominamos derechos ARSOLP (Acceso, Rectificación, Supresión, Oposición, Limitación y Portabilidad) al conjunto de acciones previstas en el Reglamento General de Protección de Datos, mediante las cuales una persona física puede ejercer el control sobre sus datos personales. El protocolo ICIRED de atención a este tipo de solicitudes es similar en el caso de personas físicas y jurídicas, sin perjuicio de que las jurídicas no están amparadas por la normativa sobre protección de datos.

ICIRED se encargará de atender las reclamaciones y solicitudes de ejercicio de los citados derechos por parte de los afectados cuando éstas se dirijan directamente a ICIRED y de hacerlos efectivos, siempre y cuando se haga con base en una solicitud motivada, documentada y justificada.

El deudor será informado, tanto en la carta de requerimiento previo de pago como en la posterior de inclusión de sus datos en el fichero, de cómo ejercitar sus derechos respecto a sus datos. Asimismo, en la página https://derechos.iciredcs.com, el afectado podrá acceder a toda la información y formularios para el correcto ejercicio de estos derechos.

El ejercicio de estos derechos es personalísimo, por lo que será requisito imprescindible para atender cualquier solicitud de los interesados que los mismos acrediten su personalidad, presentando los documentos necesarios: DNI o documento similar en el caso de profesionales y empresarios individuales y poderes de representación en el caso de personas jurídicas. Dicha acreditación tendrá por objetivo garantizar la adecuada confidencialidad de la información, evitando que un tercero pueda tener acceso a la información incluida en el SIC ICIRED de forma indebida.

El derecho de Acceso implica la potestad del interesado de dirigirse al responsable del tratamiento para conocer si está tratando o no sus datos de carácter personal y, en caso de que esté realizando dicho tratamiento, obtener la información que normativamente está establecida.

El ejercicio del derecho de Rectificación supone que el afectado podrá obtener sin dilación indebida del responsable del tratamiento la rectificación de sus datos personales inexactos. En su solicitud deberá indicar a qué datos se refiere y a la corrección que haya que realizar, debiendo acompañar, cuando sea necesario, la documentación justificativa de la inexactitud o carácter incompleto de sus datos.

El derecho de Oposición, permite al interesado oponerse al tratamiento de sus datos personales en los casos previstos en el Reglamento General de Protección de Datos

El afectado podrá ejercitar el derecho de Supresión ante el responsable del tratamiento solicitando la cancelación de sus datos cuando concurran motivos fundados para ello.

Cuando el afectado ejercite los derechos de Rectificación, Supresión u Oposición ICIRED procederá a dar traslado de la solicitud al cliente. Posteriormente, dará contestación al afectado teniendo en cuenta para ello tanto lo que señale la entidad acreedora como la documentación aportada por el afectado en su reclamación. En caso de que la entidad no conteste a la solicitud de confirmación de datos, se dará de baja el expediente.

Mediante el ejercicio del derecho a la Limitación del tratamiento el afectado pretende obtener la limitación del tratamiento de sus datos que realiza el responsable del tratamiento. Respecto al ejercicio de este derecho por el afectado, ICIRED procederá a solicitar confirmación al cliente, de la misma forma que se hace en los derechos de Rectificación, Supresión y Oposición, pero con la diferencia de que en este supuesto mientras se tramita la confirmación el dato estará oculto y por tanto la deuda no será visible en caso de consulta.

En caso de que el deudor ejercite el derecho a la limitación del tratamiento de sus datos, el responsable del sistema informará a quienes pudieran consultarlo sobre la existencia de esa circunstancia, sin facilitar datos concretos sobre la deuda y el deudor, en tanto se resuelve la solicitud de tal derecho.

La finalidad del derecho a la Portabilidad, cuando el tratamiento de los datos del cliente se efectúe por medios automatizados, en un formato estructurado, de uso común, de lectura mecánica e interoperable, es transmitir los datos a otro responsable del tratamiento, siempre que el tratamiento se legitime en el consentimiento o en el marco de la ejecución de un contrato.

Estos derechos tienen en común:

  • Su ejercicio es gratuito.
  • Si las solicitudes son manifiestamente infundadas o excesivas (carácter repetitivo), el responsable podrá cobrar un canon proporcional a los costes administrativos soportados, o negarse a actuar.
  • Deben responderse en el plazo de un mes. Se puede prorrogar hasta dos meses más teniendo en cuenta la complejidad y número de solicitudes.
  • Si el responsable no da curso a la solicitud informará, a más tardar en el plazo de un mes, de las razones de su no actuación y la posibilidad de reclamar ante una autoridad de control.
  • El afectado puede ejercerlos directamente por sí mismo o por medio de su representante legal o voluntario.
  • Cabe la posibilidad de que, por cuenta del responsable del tratamiento, sea el encargado el que atiende su solicitud, si ambos lo han establecido en el contrato o acto jurídico que les vincule, como ocurre en este caso mediante el presente documento.
  • Para ejercitar estos derechos el afectado debe presentar petición dirigida al responsable que posea sus datos; deberá identificarse con copia del DNI o pasaporte u otro documento válido que le identifique; si los ejercita a través de un representante, documento que acredite la representación; petición en que se concreta la solicitud; dato de contacto a efectos de notificaciones; la fecha y su firma; documentos acreditativos de la petición que realice, en su caso.

Para facilitar el ejercicio de estos derechos, ICIRED tiene habilitada la siguiente dirección de correo electrónico: derechos@iciredcs.com

En todo caso, ICIRED cuenta con un equipo jurídico que analizará cada caso al objeto de dar cumplida satisfacción al ejercicio por los interesados de los derechos de rectificación, supresión, oposición y limitación de tratamiento

 

  1. DIFERENCIAS EN EL TRATAMIENTO DE INCIDENCIAS DE PAGO E IMPAGOS

 

  • Incidencias de Pago (0 – 90 DÍAS) 

 

  • Principio de reciprocidad en el acceso

Podrán tener acceso a la consulta de información sobre incidencias de pago (deudas vencidas en un plazo inferior a noventa (90) días) únicamente aquellos clientes que, a su vez, aporten al sistema incidencias de pago dentro de la misma franja de antigüedad, en un volumen sujeto a las estadísticas sectoriales y específicas de la empresa.

  • Actualización de la información 

El aportante está obligado a mantener actualizada de forma constante la información, siendo el plazo máximo de actualización de siete (7) días.

Para el caso de transcurrir el plazo máximo de actualización sin que se haya producido la misma, se comunicará electrónicamente al cliente la necesidad de que proceda a dicha actualización en un plazo de dos (2) días.

En el supuesto de no producirse la actualización tras superarse el nuevo plazo, ICIRED procederá a la suspensión cautelar de su publicación en la base de datos durante cinco (5) días.

Si, cumplido el trámite descrito, transcurrieran catorce (14) días desde la última actualización por el cliente de la información aportada, se procederá a la cancelación definitiva de sus operaciones no actualizadas.

  • Gestión de la información con saldo 0 

Las incidencias de pago publicadas que, una vez actualizadas por el cliente, arrojen un importe pendiente de cero (0) euros, continuarán siendo visibles en ICIRED durante doce (12) meses con el objetivo de que el usuario pueda analizar la evolución de los pagos de la empresa, profesional o empresario individual consultado.

 

  • Impagos (> 90 DÍAS) 

 

  • Acceso abierto 

El acceso a la consulta de información sobre impagos (deudas vencidas en un plazo superior a noventa (90) días) será abierto para los usuarios de ICIRED, Informa D&B, eInforma y cualquier otro canal de difusión con el que colabore ICIRED.

  • Actualización de la información 

El aportante está obligado a mantener actualizada de forma constante la información, siendo el plazo máximo de actualización de treinta (30) días.

Para el caso de transcurrir el plazo máximo de actualización sin que se haya producido la misma, se comunicará electrónicamente al cliente la necesidad de que proceda a dicha actualización en un plazo de dos (2) días.

En el supuesto de no producirse la actualización tras superarse el nuevo plazo, ICIRED procederá a la suspensión cautelar de su publicación en la base de datos durante cinco (5) días.

Si, cumplido el trámite descrito, transcurrieran treinta y siete (37) días desde la última actualización por el cliente de la información aportada, se procederá a la cancelación definitiva de sus operaciones no actualizadas.

  • Gestión de la información con saldo 0 

Los impagos publicados que, una vez actualizados por el cliente, arrojen un importe pendiente de cero (0) euros, continuarán siendo visibles en ICIRED durante doce (12) meses con el objetivo de que el usuario pueda analizar la evolución de los pagos de la empresa, profesional o empresario individual consultado.

 

  1.  FORMAS DE APORTACIÓN 
  1. Fichero foto a través del servicio SFTP 

La estructura del fichero de registro será la misma tanto para la carga inicial como para los sucesivos ficheros de actualización. La definición de la estructura del fichero se contiene en el ANEXO II.

La generación del fichero foto o de actualización se desarrollará informando siempre de la situación actualizada de todas las operaciones aportadas.

Aquellos registros que no aparezcan en el fichero de actualización se considerarán como bajas.

Los ficheros de actualización se deben remitir en el período de tiempo acordado entre las partes, no pudiendo superar nunca el plazo de siete (7) días.

La operativa para el intercambio de ficheros mediante el servicio se contiene en el ANEXO III.

  1. Altas y actualizaciones vía portal web con carga histórica vía fichero 

B.1. Carga histórica vía fichero

La definición de la estructura del fichero se contiene en el ANEXO II.

La generación del fichero de altas se desarrollará informando siempre de todas aquellas facturas de las operaciones históricas que quieran cargarse en ICIRED.

La operativa para el intercambio de ficheros mediante el servicio se contiene en el ANEXO III.

B.2. Altas y actualizaciones vía portal web 

ICIRED facilitará al cliente unas cuentas de usuario para que pueda acceder al portal de clientes donde podrá:

  • Dar de alta, mediante un formulario web, tantas operaciones de incidencias de pago o impagos como tenga contratadas.
  • Acceder a la ficha de una operación para conocer su estado.
  • Intercambiar información con un agente de ICIRED a través del sistema de mensajería incorporado en la ficha de cada operación.
  • Añadir pagos parciales.
  • Añadir pagos totales (Recuperar).
  • Rectificar el importe informado.
  • Cancelar la operación (Baja).
  • Suspender temporalmente la operación.
  • Reactivar una operación que está suspendida temporalmente.

Adicionalmente, con el objetivo de garantizar que la información contenida en ICIRED sea actual, el cliente deberá acceder al portal web y confirmar que los datos de todas las operaciones aportadas están actualizados, según se especifica en los apartados 2.2. y 3.2. de este documento.

B.3. Carga vía API

Posibilidad que se recogerá, en su caso, en el contrato específico, y que permitirá las mismas acciones descritas en el punto B.2, mediante llamadas a las APIs de ICIRED.

 

  1. OTRAS CONSIDERACIONES 
  • El aumento de la cuantía en un expediente como consecuencia del vencimiento de sucesivas cuotas o facturas dentro de la misma operación no conllevará el envío de nuevas comunicaciones por parte de ICIRED al deudor.
  • ICIRED dispone de un margen de entre 0 y 23 horas para incorporar las actualizaciones de los clientes. Dicha acción se realiza por parte de ICIRED a las 00:00 de cada día.
  • Las comunicaciones de ICIRED a los deudores se realizará únicamente mediante SMS/Mail certificado, al margen de la atención a las solicitudes de acceso u oposición.
  • En el momento en que al menos una factura de una operación supere el plazo de 90 días y alcance la categoría de impago, toda la operación será tratada como impago.
  • Cuando una incidencia de pago alcanza la categoría de impago:
  • ICIRED enviará una comunicación al deudor advirtiéndole de que la incidencia de pago ha devenido en impago.
  • La operación impagada será visible para todos aquellos clientes que no cumplan los requisitos de reciprocidad y, por tanto, su acceso será abierto.