¿Qué dice la ley en el dilema del Ayuntamiento y la morosidad?
En virtud de la Ley de Estabilidad Presupuestaria, 2/ 2012, el incumplimiento reiterado del límite en el Período Medio de Pagos, que la misma Ley fija en el plazo de 30 días tras superar el límite máximo (que es también de 30 días), ocasiona que la entidad incumplidora sea declarada en situación de Alerta de Morosidad. Las deudas de cualquier entidad pueden ser, al igual que las de cualquier otro sujeto, objeto de publicación en el fichero de morosos ICIRED. Nuestro sólido y reconocido sistema de gestión de cobros, se basa precisamente en la publicación on-line de los datos de deudores y de deudas, facilitados por los acreedores, satisfaciendo así un interés consistente en permitir a otros conocer el estado de solvencia de los morosos, e indirectamente, logrando imprimir sobre los mismos la presión necesaria para que se sientan empujados a llevar a cabo, de una vez por todas, el pago de la cantidad debida.
El Interventor Municipal ha informado a la Junta de Gobierno Local y al Ministerio de Hacienda que el Ayuntamiento y la morosidad se encuentra, efectivamente, en una situación de Alerta en la ciudad de Granada, habida cuenta de que ha superado el límite total de 60 días en el pago de facturas en todos los meses desde Febrero hasta Junio, con unos períodos de 70 días (Febrero), 68 días (Marzo), 64 días (Abril) y 67 días (Mayo y Junio).
La consecuencia inmediata es que el Ayuntamiento deberá adoptar nuevas medidas de ajuste para lograr los fondos necesarios como para restablecer la situación y adecuar su sistema de pagos a las exigencias legales. En el supuesto de que no lo logre podría darse el caso de que el Ministerio de Hacienda intervenga la economía municipal, incluso interrumpiendo las transferencias económicas que por parte de la Administración Central y Autonómica se realicen, gestionando ellas los pagos de facturas.
Desde el punto de vista de los acreedores, mientras la situación de morosidad no se corrija, pueden optar por publicar su deuda en el fichero ICIRED y así evitar el problema de ayuntamiento y la morosidad de modo que pueda ser públicamente conocida la situación concreta de morosidad del Ayuntamiento con respecto a cada acreedor que publique su incidencia de impago, para que terceros interesados en contratar con la institución municipal puedan conocer su estado de solvencia y ello, a su vez, incremente el interés del Ayuntamiento en cumplir con sus obligaciones de pago cuanto antes.
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