Di adiós a los impagos de nóminas
Si tu empresa no te paga la nómina reclámale el impago a través de nuestro servicio de reclamación de impagos e incluyeló en nuestro fichero de morosos
Reclamación de impagos: Impagos de nóminas
ICIRED es una plataforma de reclamación y publicación de impagos abierta a toda empresa, autónomo o particular que sufra retrasos en los pagos o cualquier caso de morosidad. Uno de los ámbitos donde con más frecuencia se dan estas situaciones, es en el de los trabajadores por cuenta ajena que, por supuesto, también pueden beneficiarse de nuestro sistema de prevención y recuperación de deudas, siempre que las mismas sean ciertas, vencidas, líquidas y exigibles.
Estos requisitos son perfectamente predicables de los impagos de nóminas y, por tanto, los trabajadores que padezcan los incumplimientos de su empresa pueden contar con ICIRED como su mejor aliado para recuperar el salario que se les debe.
Preguntas frecuentes sobre la reclamación de nómina
¿Puedo reclamar y cobrar la nómina mediante ICIRED si la empresa no paga?
Como hemos visto los impagos de nóminas, tratándose de obligaciones de pago ya vencidas y líquidas, son perfectamente reclamables por medio del eficaz sistema de reclamación y publicación de impagos de ICIRED.
¿Qué documentación es necesaria para poder encargar la reclamación de la deuda?
En ICIRED necesitamos contar con alguna documentación que acredite, aunque sea de modo apriorístico, la existencia del impago, por lo que en caso de impagos de nóminas sería suficiente con el contrato y, en su caso, con las propias nóminas debidas.
¿Cuál es la cantidad máxima y mínima que puedo reclamar por impagos de nóminas por medio de ICIRED?
ICIRED, al contrario que ciertas empresas de recobro, no tiene tope máximo ni mínimo para hacer uso de sus mecanismos de prevención y recobro, es más, ICIRED cobra un precio fijo a sus clientes por cada reclamación que se hace, de tan sólo 29,90 € más IVA, por lo que en caso de obtener el pago de la deuda por medio de la reclamación y publicación en nuestro fichero de morosos, no se devenga comisión alguna.
¿Puedo usar la herramienta de prevención y cobro ICIRED al mismo tiempo que un procedimiento judicial o de arbitraje?
La respuesta es afirmativa. El sistema de ICIRED es perfectamente compatible con cuantas acciones desee realizar el acreedor para obtener el pago de lo debido que, en el caso de conflictos laborales relacionados con el retraso o incumplimiento en el pago del salario, incluirían también conciliaciones previas. Eso sí, en el caso de iniciar un procedimiento de reclamación ante órgano judicial o administrativo competente en el que se produjera la contestación de la empresa reclamada oponiéndose, habríamos de paralizar temporalmente el proceso de reclamación y publicación en el fichero de morosidad hasta que se dictase la correspondiente resolución.
¿Además de obtener el pago de los salarios debidos, puedo obtener cantidades debidas por despido o la reintegración en el puesto de trabajo mediante ICIRED?
En cuanto a las cantidades debidas por el empleador en concepto de indemnización por despido, que no hayan sido satisfechas, siempre que se trate de deudas que ya hayan sido declaradas o se acredite que ya son sumas liquidadas, vencidas y exigibles, podrían ser perfectamente reclamables por ICIRED y publicadas en su fichero de morosidad. En cambio, otras pretensiones, que pudieran ser perfectamente lícitas, como las de reintegración en el puesto de trabajo cuando a ello hubiere lugar, o cualquier otra que no sea estrictamente la reclamación de una cantidad de dinero debida, no podrían ser tramitadas por medio de ICIRED, sino que habría que acudir al procedimiento correspondiente de la jurisdicción social. En el caso de que el trabajador no cuente con un abogado de confianza, ICIRED podrá proporcionarle uno de sus letrados colaboradores en cualquier punto de España.
¿Cuál es la eficacia de ICIRED para el cobro de impagos de nóminas?
ICIRED cuenta con un índice de éxito en el cobro del 58% para el caso de deudas inferiores a un año y de cuantía media o baja, como suele ocurrir en el caso de salarios debidos. Se trata de un porcentaje muy elevado que viene avalado por el servicio de reclamación previa, publicación en el fichero de morosidad y gestión de cobro que realizamos.
¿Cuáles son las primeras actuaciones de recobro que realiza ICIRED?
Cuando contamos con la información y documentación relativas a la deuda, comenzamos realizando un requerimiento formal de pago por medio de carta certificada, burofax o requerimiento notarial, a elección del cliente, advirtiendo de la inclusión en un fichero de morosidad si no se realiza el pago. En caso de no obtener la respuesta deseada, publicamos al deudor en nuestro fichero y se lo notificamos mediante carta certificada.
Para conocer todas las modalidades y precios de reclamación de impagos con ICIRED, clique aquí.
¿Quién puede ser reclamado por ICIRED en caso de impagos de nóminas?
Cualquier deudor, sea persona física o jurídica, que ostente la condición de empleador del trabajador, podrá ser reclamado por ICIRED y publicado en su fichero de morosos, cuando no paga el salario debido.
¿Cuál es el precio del servicio de reclamación y publicación de impagos de ICIRED para la reclamación de impagos de nóminas?
Para este caso es aplicable las mismas tarifas de precios que para el resto de reclamaciones de ICIRED, descartando, como siempre, el cobro de cuotas periódicas o comisiones por éxito en el recobro.
El precio varía según si se elige por el cliente la modalidad básica (29,90 € más IVA), la burofax (59 € más IVA) o la notarial (139 € más IVA).
Conoce ahora las características y ventajas de cada modalidad.
¿Qué ocurre si el empresario no paga aunque sea publicado en el fichero ICIRED?
Para aquellos casos en que resulta infructuoso el proceso de reclamación previa y publicación en el fichero ICIRED, los datos del deudor permanecerán publicados en el listado de morosos de ICIRED, disponibles para su consulta por quienes acrediten tener interés legítimo, produciendo los correspondientes perjuicios a la reputación financiera del publicado, durante el tiempo necesario hasta que realice el pago, o hasta el límite máximo temporal que viene establecido por Ley, que es de seis años desde el vencimiento de la deuda.
¿Y si obtenemos una resolución judicial o administrativa favorable y aun así el empresario no paga?
En estos casos podrá iniciarse un procedimiento de ejecución mediante el que se podrá pedir el embargo de los bienes y cuentas del deudor para intentar cobrarse con lo que se obtenga. Para ello será necesaria la intervención de profesionales del Derecho, por lo que en el caso de que la empresa no cuente con un abogado de confianza, ICIRED podrá proporcionarle uno de sus letrados colaboradores en cualquier punto de España.
¿Qué esperanzas de cobro de los impagos de nóminas tengo con ICIRED?
Dado nuestro alto porcentaje de éxito en el cobro, el seguimiento que realizamos de la deuda y el bajo coste que supone nuestro proceso para el acreedor, sin duda el servicio prestado por ICIRED merece ser probado antes de dar por perdida una deuda, sea por impagos de nóminas o por cualquier otro motivo.
Miles de clientes confían en ICIRED
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