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Por cada deuda publicada, dispondrás:
- Sector de actividad del acreedor
- Origen de la deuda
- Fecha de la deuda
- Importe actualmente impagado
La actual situación socioeconómica en la que estamos inmersos a nivel mundial y concretamente en nuestro país, hace que varios sectores, como es el caso del inmobiliario, estén inmersos en una particular inestabilidad. Una inestabilidad que se traslada o se ve reflejada principalmente en el mercado relativo al alquiler y la complicación a la hora de conseguir encontrar el o los inquilinos adecuados. Por ello, la contratación de seguros de impago de alquiler ha cobrado más protagonismo si cabe, siendo parte fundamental de los requisitos a aceptar por los inquilinos si quieren optar por reservar y poder formalizar un contrato de alquiler en muchísimos casos.
En España muchas son las personas que se deciden a alquilar un inmueble tanto con fines comerciales como personales, sin embargo estamos muy alejados de la tasa de alquiler que se cuenta en otros países de Europa. Y precisamente por esa razón la tasa de morosidad con relación a éstos también es de las más elevadas de la Unión Europea, rozando casi el 11%.
A lo largo de este post nos vamos a centrar en conocer de primera mano cuáles son los principales requisitos que hay que cumplir para poder optar a la contratación de estos seguros de impago y vamos a enfocarlo desde la visión del arrendador y por supuesto también del arrendatario.
Conocer todos estos requisitos es fundamental para conseguir que ambas partes se encuentren beneficiadas por la implantación de estos seguros de impago asociados al alquiler de un inmueble y conseguir que todas las partes representadas en el mismo se pongan de acuerdo y se sientan respaldadas por los beneficios que aporta tener un seguro de impago de alquiler.
Contratar un seguro de impago de alquiler no es sino una herramienta que se pretende implantar dentro de una firma de un contrato de alquiler de un inmueble para que, en épocas de crisis como en la que nos encontramos, principalmente otorgue seguridad y tranquilidad con las cuotas de los pagos en los plazos previamente acordados.
El riesgo existe y más ahora, por lo tanto el seguro de impago de alquiler aparece por la necesidad de responder ante el miedo al impago, ya sea de un local comercial o un inmueble.
Por lo tanto si te encuentras tanto en situación de arrendador como arrendatario y te planteas o plantean contratar un seguro de impago, muy atento a estas razones que harán que veas con otros ojos este tipo de herramientas:
Ya hemos hablado de cuáles son las principales ventajas de la contratación de este tipo de seguros sobre todo para el arrendador. El seguro de impago de alquiler, por definirlo como concepto, se trata de un seguro de defensa jurídica del propietario que incluye y vincula entre sus cláusulas el pago al arrendador por parte de la aseguradora en el caso de que se llegue a producirse un impago por parte del inquilino.
Este tipo de seguros se comercializan desde prácticamente todas las aseguradoras y precisamente por eso es necesario conocer todas las ventajas que aporta y las coberturas que tiene para valorar cuál es la mejor opción de todas las posibles comercializadas.
A la hora de gestionar la contratación de este seguro de impago de alquiler con una aseguradora también hay que cumplir una serie de requisitos para poder formalizarlo legalmente.
Es vital aportar una serie de documentación que solicita la aseguradora, ya que ellos, como empresa, deben contar con una serie de datos para poder asumir el riesgo de posible impago de las rentas.
Aquí comienza el estudio de viabilidad económica con la documentación sobre el inmueble aportada por el propietario y las opciones con la documentación pertinente de cada posible o posibles clientes para conocer cuáles son potenciales insolventes y cuáles no.
Con este estudio se analizan en profundidad los ingresos y bienes de cada uno de ellos y se compara con la renta mensual que va a pagar o estipulada por el propietario en concepto de alquiler, no pudiendo ser esta relación superior al 45%.
La consulta de ficheros de morosos como puede ser el de ICIRED también es protagonista a esta altura del proceso. De este modo se contrasta la máxima información sobre el pasado de esos posibles inquilinos para asegurar al propietario que no acumulan deudas o impagos con otras personas físicas y/o jurídicas. Además, ICIRED acaba de firmar un acuerdo de colaboración con BDMI, la base de datos de morosos de IDEALISTA, para reducir y prevenir la morosidad en el sector inmobiliario y garantizar una mayor solvencia en la contratación.
La contratación de un seguro de impago de alquiler es una herramienta muy útil para el arrendador, pero no hay que olvidar que el arrendatario también puede obtener la tranquilidad de contar con un propietario serio y legal de cara al cumplimiento del contrato y sus obligaciones como propietario.